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La Suprema Corte bonaerense acaba de declarar la inconstitucionalidad de la prohibición de indexar, en el marco de una causa por daños y perjuicios. Este fallo es clave, ya que reconoce la necesidad de ajustar nuestras leyes a la realidad económica actual.
En el caso en cuestión, surgido de un accidente automotor, se cuestionó la validez de ciertos artículos de la Ley de Convertibilidad -N°23.928-, los cuales prohíben la indexación.
Por ello, la sentencia marca un hito al reconocer que esta prohibición genera serias perturbaciones en la justa resolución de los conflictos legales, especialmente en un contexto de inestabilidad económica como el que atraviesa nuestro país.
Recordemos que la Ley 23.928, promulgada en 1991 y posteriormente modificada y derogada, estableció un marco que ahora se revisa a la luz de las crisis financieras recurrentes y de la inflación. Es así como el fallo destaca la importancia de adaptar nuestras normativas para garantizar una justicia más efectiva y equitativa.
Esta decisión de la Corte es un llamado a la acción para revisar y actualizar nuestras leyes, reconociendo que la prohibición de indexar puede convertirse en un obstáculo para la protección adecuada de los derechos de las partes involucradas en litigios financieros.
Por el Dr. Mauricio Baldassarre.