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Enfrentando el desafío de las Facturas Apócrifas para los contribuyentes
Las Facturas Apócrifas son un desafío crítico para muchos contribuyentes en Argentina.

Actualmente, las facturas apócrifas representan un problema significativo para muchos contribuyentes en Argentina, ya que la inclusión de proveedores en la Base APOC los expone a riesgos fiscales considerables.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) califica una factura como apócrifa cuando el proveedor figura en dicha base, entendiendo que la operación respaldada no existió.

Las principales consecuencias de esta calificación son que el Fisco Nacional desconozca el cómputo de gastos en el Impuesto a las Ganancias y el crédito fiscal en el IVA. Además, puede reclamar Salidas No Documentadas si considera que la operación carece de respaldo.

Los montos reclamados suelen ser elevados y se les suman intereses y multas. Asimismo, si se superan los límites establecidos en la Ley Penal Tributaria, la ARCA puede formular una denuncia penal.

Para incorporar a un contribuyente en la Base APOC, la ARCA debe realizar un proceso de fiscalización que detecte irregularidades en su proveedor. Estas incluyen (i) facturación que no es proporcional a la actividad realizada, (ii) carencia de capacidad técnica o económica, (iii) falta de bienes registrables y (iv) incumplimiento en presentaciones o pagos de declaraciones juradas, entre otras.

De este modo, el Fisco traslada a los contribuyentes la obligación de fiscalizar a sus proveedores, imponiendo una carga que corresponde a la propia ARCA.

Para evitar inconvenientes, recomendamos verificar si un proveedor está registrado en la Base APOC antes de concretar una operación. En caso negativo, es prudente tomar una captura de pantalla como respaldo documental. Esto permite demostrar que, en el momento de la transacción, el proveedor no estaba catalogado como APOC, acreditando la buena fe del adquirente.

En algunos casos, la ARCA primero incluye a los proveedores en la Base APOC y luego publica la información, intentando desconocer operaciones previas. Esta práctica es cuestionable, ya que impide a los contribuyentes conocer la condición de sus proveedores en tiempo real.

El proceso legal para impugnar estas determinaciones es complejo y prolongado. Sin embargo, cuando se cuenta con pruebas que acreditan tanto la buena fe en la contratación como la veracidad de las operaciones, se pueden obtener fallos favorables. Recientemente, logramos sentencias del fuero Contencioso Administrativo Federal a favor de dos importantes empresas cerealeras.

Recomendamos consultar a abogados y contadores especialistas en Derecho Tributario para definir la mejor estrategia de defensa ante estas situaciones.

Vanesa Lujan Di Sanzo, Abogada especialista en Derecho Tributario

Fernando Emmanuel García, Contador Público Nacional

Este articulo fue publicado en Noticias Digital el 26/02/2025. Link: https://noticias.perfil.com/noticias/espacio-no-editorial/estudio-rinci.phtml

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